Borrador pendiente de revisión por Climai Group
Ayudas para aerotermia en Ibiza (2026)
En pocas palabras
En octubre de 2026, las vías vigentes para aerotermia en una vivienda de Ibiza son los Certificados de Ahorro Energético (CAE) y las deducciones del IRPF. No hay convocatoria balear abierta y las bonificaciones municipales consultadas solo cubren la energía solar.
Autor: Equipo técnico de Climai GroupRevisión técnica: [DATO PENDIENTE: revisión por asesoría fiscal]Actualizado:
¿Qué ayudas hay para la aerotermia en Ibiza?
| Ayuda | Tipo | Estado (18/10/2026) |
|---|---|---|
| Certificados de Ahorro Energético (CAE) | Pago por el ahorro conseguido | Vigente |
| Deducciones en el IRPF por eficiencia energética | Deducción fiscal | Vigente, con plazos que vencen |
| Coeficientes CAE extra para bombas de calor | Mejora del CAE | Propuesta, sin aprobar |
| Convocatorias del Govern balear | Subvención | Ninguna abierta |
| Bonificaciones de IBI e ICIO | Impuestos municipales | Solo para solar en los municipios revisados |
¿Cómo funcionan los CAE?
Certificados de Ahorro Energético (CAE)
VigenteQuien hace la inversión cede el ahorro de energía a una empresa que lo convierte en certificados y, a cambio, le paga. Más detalles en CAE para aerotermia.
- Tipo
- Pago por el ahorro de energía, acordado con un sujeto obligado o delegado
- Ámbito
- Estatal (en Baleares lo gestiona la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático)
- Cuantía
- Sin importe oficial: depende del ahorro calculado con la ficha RES060 y del precio que se pacte en el convenio CAE
- Requisitos
- Sustituir una caldera de combustión (gas, gasóleo, propano o butano) por una bomba de calor en una vivienda; certificados energéticos de antes y después; facturas, fotos y certificado del instalador; dictamen de un verificador acreditado
- Ejemplo
- [DATO PENDIENTE: ejemplo calculado con la ficha RES060 para una vivienda tipo de Ibiza, validado por Climai Group]
- Compatibilidades
- Hay que declarar otras ayudas públicas recibidas para la misma actuación
- Fuente oficial
- Real Decreto 36/2023 y ficha RES060 (MITECO)
- Revisado
¿Qué deducciones hay en el IRPF?
Deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas
VigenteCómo se aplica:
- Certificado energético inicial. Un técnico emite el certificado de eficiencia energética de la vivienda antes de la obra.
- Obra y pago por banco. Se instala la bomba de calor y se paga por transferencia o tarjeta, nunca en efectivo, guardando las facturas.
- Certificado energético final. Tras la obra se emite un nuevo certificado que acredita la mejora exigida, dentro del plazo de cada deducción.
- Declaración de la renta. La deducción se aplica en la declaración del IRPF del año en que se pagó la obra.
Plazos: las deducciones del 20 % y el 40 % cubren obras pagadas hasta el 31 de diciembre de 2026, con el certificado energético expedido antes del 1 de enero de 2027. La del 60 % cubre cantidades pagadas hasta el 31 de diciembre de 2027.
- Tipo
- Deducción en la cuota del IRPF
- Ámbito
- Estatal (Ley 35/2006, disposición adicional 50.ª, en la redacción del Real Decreto-ley 7/2026)
- Cuantía
- 20 % con base máxima de 5.000 € al año; 40 % con base máxima de 7.500 € al año; 60 % en edificios residenciales, con base máxima de 5.000 € al año y 15.000 € acumulados
- Requisitos
- 20 %: reducir al menos un 7 % la demanda de calefacción y refrigeración. 40 %: reducir al menos un 30 % el consumo de energía primaria no renovable o alcanzar la calificación A o B. Certificados energéticos de antes y después. Pago por banco, no en efectivo
- Ejemplo
- [DATO PENDIENTE: ejemplo numérico validado por asesoría fiscal]
- Compatibilidades
- Las del 20 % y el 40 % no se acumulan por la misma obra. Se descuentan las cantidades subvencionadas. Según la AEAT, son incompatibles con la nueva deducción por autoconsumo renovable para la misma instalación. No cuenta el coste de equipos que usen combustibles fósiles
- Fuente oficial
- Real Decreto-ley 7/2026 (BOE) y Agencia Tributaria
- Revisado
¿Va a haber más incentivo para las bombas de calor?
Coeficientes multiplicadores del CAE para bombas de calor
PendienteEs una propuesta: no hemos encontrado la resolución definitiva publicada. No cuentes con ella hasta que se apruebe.
- Tipo
- Multiplicador del ahorro reconocido en los CAE
- Ámbito
- Estatal (ordenado por el art. 9 del Real Decreto-ley 7/2026)
- Cuantía
- Propuesta: ×2 en vivienda unifamiliar, piso o apartamento; ×3 en bloque con calefacción central; ×4 al pasar de calderas individuales a bomba de calor centralizada; ×1,5 adicional para consumidores vulnerables severos
- Requisitos
- Según la propuesta, actuaciones iniciadas desde el 22 de marzo de 2026, con expedientes presentados desde el 2 de enero de 2027
- Revisado
¿Hay ayudas del Govern de les Illes Balears?
Convocatorias autonómicas para renovables térmicas en vivienda
CerradaSi se abre una convocatoria nueva, la añadiremos aquí con sus bases.
- Tipo
- Subvención
- Ámbito
- Illes Balears
- Cuantía
- No aplica: no hay convocatoria abierta
- Requisitos
- Las últimas convocatorias para particulares (PITEIB para personas físicas y programa 6 de renovables térmicas, con fondos europeos) cerraron el plazo de solicitud. FOTOPAR 2026 solo cubre fotovoltaica y minieólica
- Revisado
¿Bonifican el IBI o el ICIO los ayuntamientos de Ibiza?
Desde el 22 de marzo de 2026, la ley de haciendas locales permite a los ayuntamientos bonificar hasta un 50 % del IBI y hasta un 95 % del ICIO por instalar sistemas de aprovechamiento de la energía solar o de la energía ambiente, que incluye la aerotermia. Pero cada ayuntamiento tiene que recogerlo en su ordenanza fiscal.
| Municipio | IBI | ICIO | ¿Incluye aerotermia? |
|---|---|---|---|
| Eivissa | 40 % durante 5 años, solo energía solar (art. 3.4) | 95 % de la parte bonificable, solo energía solar (art. 7.1.1) | No |
| Sant Antoni de Portmany | 50 % durante 3 años, máximo 600 € al año, solo energía solar (art. 5.3.4) | 50 % de la parte bonificable, solo energía solar (art. 2.2.f) | No |
| Sant Josep de sa Talaia | 50 % durante 3 años, solo energía solar (art. 3.3) | Sin bonificación por energías renovables en el texto localizado | No |
| Santa Eulària des Riu | 50 % durante 5 años, máximo 600 € al año, solo energía solar (art. 7.2.c) | 95 % de la parte solar, solo energía solar (art. 4) | No; modificación en trámite (ver abajo) |
| Sant Joan de Labritja | 50 % durante 3 años, máximo 600 € al año, solo energía solar (art. 4.2) | 50 % de la parte solar, solo energía solar (art. 4.2) | No |
Santa Eulària des Riu aprobó de forma provisional el 24 de septiembre de 2026 una modificación de su ordenanza del IBI (BOIB núm. 125, de 3/10/2026). Según la prensa local, añadiría la energía ambiente a la bonificación del 50 % desde el 1 de enero de 2027, pero el texto aún no se ha publicado. Lo confirmaremos con la aprobación definitiva.
Bonificaciones municipales de IBI e ICIO por aerotermia
PendienteSi combinas la aerotermia con placas solares, la parte solar sí puede tener bonificación, según los requisitos de cada ordenanza.
- Tipo
- Bonificación de impuestos municipales
- Ámbito
- Municipal (TRLRHL, arts. 74.5 y 103.2.b)
- Cuantía
- Hasta el 50 % del IBI y hasta el 95 % del ICIO, si el ayuntamiento lo aprueba
- Requisitos
- Que el ayuntamiento modifique su ordenanza para incluir la energía ambiente. A 18/10/2026 ninguna ordenanza vigente de los cinco municipios lo recoge; Santa Eulària tiene una modificación del IBI en trámite
- Revisado
Preguntas frecuentes
¿Puedo sumar el CAE y la deducción del IRPF?
¿Hay ayudas del Govern balear para aerotermia ahora mismo?
¿Me bonifican el IBI por instalar aerotermia?
¿Y si cambio radiadores eléctricos por aerotermia?
¿Quién tramita las ayudas?
¿Qué documentos necesito guardar?
¿Cada cuánto revisáis esta página?
Fuentes
- Real Decreto 36/2023, Sistema de Certificados de Ahorro Energético · BOE ·
- Real Decreto-ley 7/2026 (art. 36: deducciones IRPF; art. 44: TRLRHL) · BOE ·
- Principales novedades tributarias del Real Decreto-ley de marzo de 2026 · Agencia Tributaria ·
- Convocatorias de la Oficina de Impulso Energético · Govern de les Illes Balears ·
- Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (arts. 74.5 y 103.2.b) · BOE ·
- Ordenanza fiscal del IBI de Eivissa (BOIB núm. 171, 19/12/2023) · BOIB · Ajuntament d'Eivissa ·
- Ordenanza fiscal n.º 1 del IBI de Sant Antoni de Portmany (BOIB núm. 169, 29/12/2022) · BOIB · Ajuntament de Sant Antoni de Portmany ·
- Ordenanza fiscal del IBI de Sant Josep de sa Talaia (BOIB núm. 216, 31/12/2020) · Ajuntament de Sant Josep de sa Talaia ·
- Ordenanza fiscal del IBI de Santa Eulària des Riu (BOIB núm. 163, 11/12/2025) · BOIB · Ajuntament de Santa Eulària des Riu ·
- Aprobación provisional de la modificación del IBI de Santa Eulària des Riu (BOIB núm. 125, 3/10/2026) · BOIB · Ajuntament de Santa Eulària des Riu ·
- Ordenanza fiscal del IBI de Sant Joan de Labritja (BOIB núm. 157, 27/11/2025) · BOIB · Ajuntament de Sant Joan de Labritja ·
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